domingo, 29 de julio de 2012

Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM)


Inauguración del primer FarmaPatria.
Sr. del sector privado, Osorio y Sader

Todo comenzó en los primeros días de mayo durante la inauguración del primer FarmaPatria cuando el Ministros de Alimentación, Carlos Osorio, explico ante la cámaras de VTV que "Es un sistema integral de control de medicamentos, desde la materia prima, el producto que es transformado en un medicamento, las diferentes red de droguerías, laboratorios que se encargan de la distribución y los expendios (farmacias)" y aseguro que este sistema permite monitorear a todas las empresas que participan en el ciclo del medicamento lo que permitirá tener conocimiento de la cantidad de medicamentos que existen en el país; si hay deficiencias con alguno, tomar las medidas con antelación; mantener un monitoreo que garantice una distribución equilibrada, generar alertas en deficiencias en materia prima y combatir campañas de supuesto desabastecimiento. No puedo evitar sentirme molesto e indignado cada vez que escucho a personas sin conocimientos en la materia hablar de medicamentos, espero que en algún momento el Ministerio de Salud se ponga los pantalones y retome su poder sobre las políticas que involucran a las medicinas.
El 15 de mayo cuando se formalizó, de acuerdo a la Gaceta Oficial 39922, la creación de la red de farmacias FarmaPatria, se establecía que una de las responsabilidades de dicha empresa era administrar el SICM, nuevamente insisto que esto debe ser función del Ministerio de Salud y su Dirección de Drogas, Medicamentos y Cosméticos.
El 22 de mayo se conoció la resolución conjunta en la cual se instrumenta el SICM y se establecen los lineamientos y criterios que rigen la emisión de la guía única de movilización, seguimiento y control de medicamentos y otros productos farmacéuticos según lo expresa su artículo 1, no hace falta leer detenidamente para darse cuenta que los redactores de esta resolución poco saben de medicamentos “control de medicamentos y otros productos farmacéuticos” ¿Cuáles son esos otros productos farmacéuticos? ¡Por favor! por lo menos deberían leer la Ley de Medicamentos que en su artículo 5 define quienes son considerados productos farmacéuticos.
Esta medida, según el artículo 2 de la resolución, se aplica a: Laboratorios fabricantes de productos farmacéuticos; productos naturales; casas de representación; droguerías; farmacias comerciales y farmacias asistenciales. Nuevamente invito a los redactores de esta resolución a revisar el artículo 1 del Reglamento de la Ley de Ejercicio de la Farmacia en la cual se definen cuales son los establecimientos farmacéuticos.
El objetivo del SICM, según el Artículo 3 de la resolución es:
1.    Controlar y hacer seguimiento de la importación de la materia prima para la fabricación de medicamentos, la importación de productos terminados, los inventarios la recepción y el despacho en toda la cadena de comercialización o distribución de medicamentos registrados ante el MPPS y cualquier otra actividad vinculada a la materia
2.    Generar los indicadores necesarios a las autoridades competentes para garantizar la disponibilidad continua y oportuna de los medicamentos en todo el territorio nacional.
Dicho control se realizara a través de la Guía Única de Movilización Seguimiento y Control, la cual será otorgada una vez el usuario interesado se registre en el sistema, los detalles administrativos que rodean a esta guía se describen en el resto de los artículos de la resolución.
Apenas 48 horas después de publicada la resolución la misma debió ser corregida  quedando el documento final en la GacetaOficial 39929 del 24 de mayo en la cual se dio un lapso de 45 días hábiles contados a partir de la publicación para que la medida entrara en vigencia, o sea, este 26 de julio debió arrancar la medida.
En la Gaceta Oficial 39971 del 25 de julio de 2012 se derogó el decreto del 24 de mayo sobre el SICM, en la nueva resolución conjunta, según su artículo 16, establecía que la medida entra en vigencia a partir de su publicación aunque las autoridades militares deben abstenerse de solicitar la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos por los siguientes 30 días hábiles.
Algunos aspectos interesantes de este nuevo decreto sobre el SICM son los siguientes:
1.    Cambiaron los artículos de la Ley de Medicamentos (LM) a los cuales hacen referencia: “De conformidad con lo establecido en… y numerales 1 y 9 del artículo 75 de la Ley de Medicamentos…” en el decreto anterior solo hacían referencia al artículo 1 de dicha Ley. Debemos considerar que el artículo 75 de la LM está dentro del régimen sancionatorio y los numerales 1 y 9 hacen referencia a “La elaboración, fabricación, importación, exportación y distribución de medicamentos sin autorización” y “Suministrar medicamentos en establecimientos distintos a los autorizados” respectivamente.
2.    “… Considerando: Que es compromiso del Estado Venezolano poner al alcance de la población los medicamentos de calidad a precios accesibles y prestar servicios de atención farmacéutica al público en general”. ¿Estos señores sabrán realmente el concepto de atención farmacéutica? Veo con preocupación cómo los temas relacionados con políticas públicas de medicamentos son manejados con personas sin conocimiento en la materia comenzando por el Ministerio de Alimentación.
3.    Se suprimió el articulo 12 donde daban la potestad a FarmaPatria C.A. de sugerir a los Ministerios de Salud y Alimentación el rediseño del formato de la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos
Algunas reacciones en los medios de comunicación.
Miércoles 25 de julio:
Buena parte del sector farmacéutico estaba registrada en la página web del SICM aunque persisten dudas sobre las guías de movilización. "Existe la preocupación de que el sistema se convierta en una limitación a la dinámica de despachos y que no haya desabastecimiento", afirmó una fuente que prefirió reservar su identidad. Sin embargo, han contado con la asesoría del ministerio de Comercio y de la red estatal FarmaPatria.

Otra de las fuentes consultadas aseguró que posiblemente las autoridades evalúan conceder una prórroga para la entrada en vigencia del sistema y así evitar que surjan problemas en la cadena de suministro. "Esperamos una prórroga que deberían anunciar entre miércoles 25 y el jueves 26. Ellos mismos se están dando cuenta que para hacer un buen registro hace falta más tiempo y del registro de todos los actores depende el buen funcionamiento del sistema", señaló la fuente consultada.

Adicionalmente, las autoridades también decidieron incluir en el registro a las clínicas y hospitales, decisión que ha demorado los planes iniciales de las autoridades. (25/7/12 - El universal. Resumen propio)

Viernes 27 de julio:
La industria y los laboratorios esperaban una prórroga para la aplicación del SICM al considerar que aún existen dudas sobre el funcionamiento del mismo, sin embargo, la resolución sobre el tema contenida en la Gaceta Oficial 39.971 que circuló ayer, no concedió ese aplazamiento.

Sin embargo, el artículo 16 de la resolución establece que "las autoridades militares se abstendrán de exigir la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos destinados tanto a la comercialización como a la distribución, en el territorio nacional durante un plazo de 30 días hábiles". Según fuentes consultadas interpretan esa disposición como un "período de prueba" para ver cómo funciona el sistema de control en la dinámica del sector farmacéutico. "No dieron la prórroga y se pueden presentar problemas serios aguas abajo en la cadena de distribución", dijo una de las fuentes consultadas. (27/7/12 – El Universal. Resumen propio)
Domingo 29 de julio:

Rafael Silva, vocero del Colegio de Farmacéuticos del estado Nueva Esparta, señaló que el sistema no alejará la realidad que significa la escasez y aún no cumple el propósito para el que fue creado, entorpeciendo el ya defectuoso suministro de insumos. “Estamos aprendiendo sobre la marcha y condicionados a  Internet para hacer el registro de cada dotación de insumos”, detalló.

El vocero regional indicó que a la fecha el sistema no genera los reportes adecuados y la falta de adiestramiento retrasará la distribución de medicamentos en establecimientos.

“Supuestamente, el SICM debe registrar la cantidad y la movilidad de los insumos. Pero hasta ahora el sistema no funciona y las promesas de mejora no se ven por ningún lado”, afirmó Silva.

El representante del gremio farmacéutico regional dijo que el uso de la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control será un factor clave en el sistema de distribución de medicamentos a lo largo y ancho del país. Resaltó que la situación de insularidad agudizará en problema en el estado. (29/7/12 – Prensa de Guayana. Resumen propio)

www.sicm.gov.ve
¿Qué esperar del SICM?
En los últimos meses me ha preocupado la ligereza con la que desarrollan y aplican, por funcionarios con poco manejo de la materia, políticas públicas relacionadas con medicamentos. Sin embargo, es entendible la preocupación del Ejecutivo por “Generar los indicadores necesarios a las autoridades competentes para garantizar la disponibilidad continua y oportuna de los medicamentos en todo el territorio nacional” especialmente después de repetidas denuncias sobre escasez de retrovirales, medicamentos hospitalarios, metformina (Glucofage®), levotiroxina (Euthyrox®) entre otros cuyo culpable favorito, según la prensa y las cámaras, es CADIVI y su retraso en la entrega de divisas.
Al parecer no está claro para los diferentes eslabones del mundo farmacéutico como manejar adecuadamente el tema de las guías de movilización aunque las diferentes cámaras han asegurado mantener reuniones constantes con los funcionarios encargados y es posible que este nuevo trámite genere demoras en la distribución de medicamentos generando fallas en los inventarios.
Considerando que el SICM va a monitorear la producción, distribución y comercialización del sector farmacéutico espero que pueda integrar su trabajo con la Dirección de Contención de Ilícitos del MPPS para controlar el creciente problema del mercado de medicamentosilícitos en Venezuela que tiene su génesis en el desvío, hurto o robo de materia prima o productos terminados los cuales son reinsertados en el mercado a través de internet, buhoneros o abastos.
Probablemente el SICM ayude al Ejecutivo a descubrir lo que ya se sabe: la existencia de deficiencias en los procesos administrativos en las aduanas y CADIVI que no se ajustan a la dinámica actual del sector farmacéutico y que deben ser revisados.
Son solo algunas expectativas de lo que podría resultar de esta nueva medida, como dicen por ahí “amanecerá y veremos”

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